Por: Ratina.
Este jueves, en sesión ordinaria el Pleno del Congreso del Estado, aprobó las reformas para la creación del Padrón Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas.
Dicho padrón estará a cargo del Poder Judicial del Estado; en este padrón se registrará mediante mandato de autoridad judicial a aquellas personas que, debiendo proporcionar alimentos, ya sea provisorios o definitivos, fijados u homologados por sentencia firme, incumplan esta obligación, por lo que con ese registro se aplican sanciones que conminan a la persona deudora alimentaria, cumpla con el pago de la pensión alimenticia correspondiente.
Aunado a lo anterior, se faculta a la o el Juez competente, a ordenar la expedición de la constancia de no ser persona deudora alimentaria morosa, a solicitud de parte interesada.
En el caso de que las personas deudoras alimentarias no tengan forma de comprobar sus ingresos, y al no contar con los elementos necesarios para fijar objetivamente el monto de la pensión, la autoridad judicial que conozca, está facultada para hacerse llegar de las pruebas y medios legales que le permitan establecer el monto que corresponda.
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