Por: Redacción
La Comisión de Ecología y Medio Ambiente del Congreso del Estado aprobó el dictamen que reforma Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí para prohibir el uso de animales de monta para realizar trabajos de carga, tiro y labranza.
Con esta reforma se busca la protección de caballos, yeguas, ponis, mulas, asnos y reses que son utilizados por el ser humano para transportar personas o productos, y realizar trabajos de tracción y/o que su uso reditúe en beneficios económicos a su propietario, poseedor o encargado.
Posteriormente, se aprobó el dictamen que modifica el artículo 107 de la Ley de Protección a los Animales para el Estado donde se estableció “cambiar la locución menor de edad por el de niñas, niños y adolescentes”.
También aprobaron con modificaciones para incluir como organismos vivos sensibles a los animales, y sobre el permiso para venta de animales domésticos y silvestres.
En asuntos generales, el presidente de la comisión legislativa, Eloy Franklin Sarabia, hizo de su conocimiento a los integrantes de la revisión que se realiza a la iniciativa ciudadana que busca prohibir el uso de la pirotecnia que detone arriba de los 85 decibeles establecidos en la Ley Ambiental del Estado.
El diputado aclaró que con la iniciativa “no se busca prohibir la pirotecnia en su comercialización o producción, sino regular aquella que detona arriba de los 85 decibeles, mientras que la pirotecnia lumínica se mantiene para su uso”.
“No es una ocurrencia, sino que estamos muy al pendiente de escuchar a los ciudadanos para crear esta iniciativa y presentarla a los distintos sectores para conocer qué opina”, aclaró.
Comentários